Expertos de la ONU* llamaron hoy al Gobierno de Chile a detener inmediatamente los planes de expulsiones colectivas de migrantes, quienes tienen derecho a una evaluación individual y a permanecer en el país mientras se valora su situación de acuerdo con las normas y estándares internacionales de derechos humanos.

“Las deportaciones de migrantes no pueden ser efectuadas en forma sumaria, sino que se requiere una determinación individual, caso por caso, de sus necesidades de protección internacional, teniendo en cuenta además las consideraciones humanitarias de arraigo, vínculos familiares u otras que puedan existir”, señaló el Relator Especial sobre derechos humanos de los migrantes, Felipe González Morales.

Cientos de personas migrantes han sido expulsadas del país desde febrero de 2021, sin que, de acuerdo a la información recibida, se efectuara previamente una determinación individual genuina de la situación de cada persona ni se permitiera presentar solicitudes para su protección en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y de los refugiados. La última de estas expulsiones tuvo lugar el pasado 25 de abril, fecha en la que 55 personas migrantes procedentes de Venezuela habrían sido expulsadas de manera colectiva desde el aeropuerto de la ciudad de Iquique, en el norte del país. Previa su expulsión, muchas de las personas migrantes habrían permanecido detenidas, en situación de incomunicación y sin acceso a la asistencia legal.

“La ausencia de una evaluación individual de las necesidades de protección y evaluación del riesgo irreparable de cada persona migrante antes de su deportación incrementa el riesgo de nuevas violaciones de derechos humanos, incluyendo la violación del principio de no devolución o non-refoulement, señaló Felipe González. Este principio, consagrado en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y en otros tratados internacionales de derechos humanos, se aplica a todas las formas de expulsión de las personas, independientemente de su nacionalidad o situación migratoria.

“La detención de personas migrantes solo se justifica excepcionalmente como medida de último recurso y durante el período de tiempo más breve posible, y debe ser compatible con los principios de necesidad y proporcionalidad en función de las circunstancias individuales de cada caso”.

“Asimismo, es indispensable cumplir con las garantías del debido proceso y asegurar que las personas migrantes tengan acceso efectivo a la justicia para efectuar sus reclamos ante una orden de deportación, y que se permita a los inmigrantes afectados permanecer en el país mientras se resuelve el fondo de estos reclamos”, indicó el experto de la ONU.

Anteriormente, el Relator Especial sobre derechos humanos de los migrantes y el Comité sobre Trabajadores Migratorios de la ONU han hecho llamados a los Estados a considerar suspender temporalmente las deportaciones o retornos forzados de migrantes en el contexto de pandemia de la Covid-19, por representar un serio peligro tanto para las personas migrantes como para la salud pública cuando no se toman las debidas precauciones sanitarias y de seguridad.

* Los Relatores Especiales de las Naciones Unidas: Sr. Felipe González MoralesRelator Especial sobre los derechos humanos de los migrantesSr. Nils MelzerRelator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; Sra. Leigh Toomey (Presidenta), Sra. Elina Steinerte (Vicepresidenta), Sr. Mumba Malila, Sra. Miriam Estrada-Castillo and Sra. Priya GopalanGrupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria.

Fuente: Oficina del Alto Comisionado de la ONU para Derechos Humanos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *