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Preguntas Frecuentes

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¿Tienes preguntas sobre la Convención Constitucional y los temas de migración? Te dejamos la respuesta a las preguntas más frecuentes en este tema. Si no encuentras la tuya escribenos a nuestras redes sociales en Facebook, Twitter e Instagram SJM Chile.

¿QUÉ ES LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL?

La Convención Constitucional es un órgano de representación popular que fue elegido democráticamente y que trabaja a través de sus 155 representantes en al menos 8 comisiones temáticas donde se darán las discusiones de cada tema y propuesta para la nueva constitución.

¿CUÁL ES EL ORIGEN DE LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL?

La Convención Constitucional se origina en el estallido social del 18 de octubre del 2019, que tuvo como alguno de sus efectos que los partidos y clase política convocará al “Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución”, acuerdo sentó las bases para este proceso para redactar una nueva constitución para Chile.

Ambas formas de referirse a esta convención son correctas. Sin embargo, oficialmente el concepto más utilizado es el de Convención Constitucional

El objetivo de este órgano de representación democrático y popular es presentar una propuesta de una nueva Constitución que represente la voluntad de las personas que habitan el territorio chileno y chilenos/as en el exterior.

La Convención Constitucional ya inició su etapa de trabajo y elaboración de propuestas en octubre del 2021: esta puede durar entre 6 a 9 meses (es decir, hasta abril o julio del 2022). Para posteriormente convocar a un plebiscito de ratificación para consultarle a la comunidad residente en Chile si aprueban la propuesta de una nueva constitución y luego publicar su resultado, en un proceso que demoraría al menos 1 mes más.

La Constitución es la “ley máxima” de un país, que recoge las ideas básicas sobre las que se construirá y organizará el Estado, como también los valores sociales que nos permitirán convivir y que establecen las necesidades comunes. Por ello, en ella se encuentran las normas y leyes, que abordarán temáticas tan relevantes como la estructura y finalidades de los Poderes del Estado, los principios sobre los que se organizará el país, y los derechos fundamentales inherentes a todas las personas.

La Convención Constitucional es un órgano de representación popular que fue elegido democráticamente y que trabaja a través de sus 155 representantes en al menos 8 comisiones temáticas donde se darán las discusiones de cada tema y propuesta para la nueva constitución, donde deberán ser votados por mayoría simple, para finalmente llevar los resultados de cada comisión al Pleno. Allí se votará la confirmación o rechazo de las propuestas finales según mayorías de ⅔. Todo esto junto al desarrollo de espacios de diálogo ciudadanos, discusión en las sesiones y apoyos técnicos.

Si, se pueden llegar a discutir temas como:

-Quién es considerado nacional, extranjeros, inmigrante y ciudadano en el país
-Los derechos políticos de las personas migrantes (quiénes pueden votar o presentarse a elecciones populares) y los criterios para acceder a este y otros derechos.
-Requisitos para el acceso a derechos y responsabilidad, como también el si el derecho a migrar o el derecho a la libertad ambulatoria es un derecho reconocido como un derecho humano o nivel de la constitución.

– El derecho a solicitar asilo o a pedir refugio

 

En el caso de ser aprobada se convocará a una sesión solemne del Congreso Nacional  y será publicada en el Diario Oficial para comenzar su implementación en el todo el territorio nacional.

En el caso de ser rechazada  se dará por terminado el trabajo de la Convención Constitucional y se continuará aplicando la actual Constitución.



El texto de nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales   y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Si. Cada Constitucional percibirá un sueldo de aproximadamente  2,5 millones de pesos mensuales hasta el final del proceso. Además a esto se suma una cifra de hasta aproximadamente 4 millones de pesos mensuales para asignaciones, como personal de apoyo y gastos operacionales. Estas asignaciones no forman parte del sueldo de los/as convencionales y deben ser rendidas según el reglamento.

El Pleno es la totalidad de los/as convencionales sesionando en conjunto para aprobar y aplicar reglamentos, sanciones, y artículos emanados de las comisiones.

Las comisiones son subdivisiones de la convención que tienen como función la elaboración de los artículos de la propuesta de la nueva constitución, cada una de las 8 se dedica a una parte específica del proyecto:

  1.  SISTEMA POLÍTICO, GOBIERNO, PODER LEGISLATIVO Y SISTEMA ELECTORAL
  2. SOBRE PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES, DEMOCRACIA, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA
  3. FORMA DE ESTADO, ORDENAMIENTO, AUTONOMÍA, DESCENTRALIZACIÓN, EQUIDAD, JUSTICIA TERRITORIAL, GOBIERNOS LOCALES Y ORGANIZACIÓN FISCAL
  4. DERECHOS FUNDAMENTALES
  5. MEDIO AMBIENTE, DERECHOS DE LA NATURALEZA, BIENES NATURALES COMUNES Y MODELO ECONÓMICO
  6. SISTEMA DE JUSTICIA, ÓRGANOS AUTÓNOMOS DE CONTROL Y REFORMA CONSTITUCIONAL
  7. SISTEMAS DE CONOCIMIENTOS, CULTURAS, CIENCIA, TECNOLOGÍA, ARTES Y PATRIMONIOS
  8. DERECHOS HUMANOS, VERDAD HISTÓRICA Y BASES PARA LA JUSTICIA, REPARACIÓN Y GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN

La Convención posee una presidenta (Elisa Loncón), un vicepresidente (Jaime Bassa) y 6 vicepresidentes adjuntos, quienes organizan el debate y administran las votaciones en el Pleno. Luego se encuentran las comisiones específicas, que son subdivisiones de la convención donde cada una tiene 2 coordinadores, abogados secretarios, una secretaria ejecutiva y los/as 23 participantes de cada comisión.

Si la hay, la comisión de derechos fundamentales dentro de su reglamento aprobado incluye una cláusula que específica los grupos de derechos que deben ser tratados obligatoriamente en la comisión, la letra F de esta lista consiste en los derechos de los migrantes, por lo que esta comisión eventualmente tendrá que sesionar sobre este aspecto.

La Convención Constitucional no recibe financiamiento internacional o externo de otros países. Esta se financia a través de la Ley de Presupuestos del Sector Público, correspondiente al año 2021, incorpora en el programa presupuestario 08 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los recursos necesarios para financiar la instalación, habilitación y funcionamiento de la Convención Constitucional.

No, el proceso y resultado de la propuesta de una nueva constitución han sido y serán procesos democráticos, que han sido procesos de votación validados y legitimados, sólo existiendo la posibilidad de rechazar la propuesta de la nueva constitución que proponga la Convención Constitucional mediante votación en el plebiscito de salida.

Mientras el nuevo documento constitucional no esté completo y sea ratificado por el plebiscito de salida,  continuará vigente la actual constitución.

En el capítulo III de la Constitución actual se encuentran asegurados 35 derechos:

  • Derecho a la vida, a la integridad física y psíquica, protección del que está por nacer, derecho de fundar una familia, derecho a la privacidad y a la honra, derecho a la propia imagen, derecho a la inviolabilidad del hogar y a las comunicaciones privadas y derecho a la nacionalidad.
  • Libertad de conciencia, libertad de creencia y de culto, libertad de enseñanza y de cátedra, libertad de opinión y de información y derecho a petición a la autoridad.
  • Igualdad ante la ley, igualdad en el ejercicio de los derechos o debido proceso, libertad personal y seguridad individual, igualdad en la admisión a empleos y funciones públicas, igual repartición de los tributos y demás cargas públicas y libre ejercicio de los derechos respetando su esencia.
  • Derecho de vivir en un medioambiente libre de contaminación, derecho a la salud o la igual protección a la salud, derecho a la educación, derecho a reunión, derecho a asociarse, libertad del trabajo, derecho a la seguridad social y derecho a la sindicación.
  • Libre adquisición de bienes, derecho a no ser discriminado por la autoridad económica, derecho a la propiedad y derecho a la propiedad sobre creaciones intelectuales, artísticas e industriales.
  • Derecho a sufragio, a participar en elecciones democráticas, derecho a ser elegido, derecho a asociarse en partidos políticos y a optar a cargos públicos que sean de elección popular.

 

Además, en otros textos constitucionales también aparecen garantías como el derecho a la vivienda, los derechos de los niños, entre otros.

Por medio de políticas públicas, organizadas por leyes. El Estado debe otorgar directa o indirectamente prestaciones sociales, incluso haciéndolas exigibles por medio de acciones judiciales.

El Congreso Nacional seguirá en funcionamiento mientras se redacta una nueva Constitución. De ser aprobada una nueva constitución que  modifique el Congreso, es necesario saber en detalle como se estipula ese cambio y cuales son para saber el paso a paso de su implementación.

La Constitución actual seguirá en funcionamiento. Solo será modificada en el caso que sea aprobada la propuesta de una nueva constitución.

La Constitución (artículo 135) establece explícitamente que la Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades, por lo que no podrá intervenir, anular u opinar sobre actos del gobierno.

No, la nueva Constitución no puede poner término anticipado al período de las autoridades electas por votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas o sufran una modificación sustancial. En ese caso, deberá explicitarse el modo en que las autoridades cesarán o continuarán en su cargo.

Existen 2 formas de participación

Mediante la votación: fundamentalmente en el plebiscito de ratificación del 2022.

 

Mediante representación y participación directa en los mecanismos de participación dispuestos por la Convención Constitucional:
Representación
Durante agosto y septiembre del 2021 se llevaron a cabo las primeras sesiones de exposición de las organizaciones de la sociedad civil en distintas comisiones de conformación de trabajo de la Convención Constitucional, estas representaron las demandas de ciertos grupos sociales en estos espacios. Cuestión que puede volver a suceder, por lo que puedes contactar a estas organizaciones para hacer llegar tus inquietudes.

 

Participación directa

Tras la aprobación del reglamento de Participación Popular se establecieron los 2 siguientes mecanismos:
a) Mecanismos convocados por la Convención Constitucional: aquellos levantados por la Convención, en los que ésta tiene el deber de diseñar, convocar, implementar, sistematizar y devolver los resultados, asegurando la incidencia de estos en el proceso, así como la transparencia del mismo. 

-Plebiscito intermedio dirimente.

-Audiencias públicas obligatorias. 

-Cuenta Popular Constituyente.

-Jornadas Nacionales de Deliberación.

-Foros Deliberativos.

-Cabildos Comunales.

-Convenios Comunales.

-Oficinas Territoriales Constituyentes. 

-Semana territorial.

 

  1. b) Mecanismos autoconvocados: aquellos levantados por personas o agrupaciones por fuera de la Convención Constitucional.

-Iniciativa Popular de Normas

-Encuentros autoconvocados

 

Además, la Convención contará con una Plataforma Digital de Participación Popular, en adelante la Plataforma, que servirá de vínculo entre las personas, comunidades y organismos del país y la Convención. 

 

De igual manera existe la posibilidad de contactar directamente a los/as convencionales a través de sus canales de contacto oficiales y de darle seguimiento y monitorear el trabajo y avance de la Convención Constitucional de forma online en https://www.chileconvencion.cl/

 

Las personas migrantes pueden participar de forma general en todos estos espacios y mecanismos. En el caso de la votación en el plebiscito de ratificación sólo podrán hacerlo aquellos que sean mayores de 18 años, tengan más de 5 años de avecindamiento en Chile (estatus irregular con visas o visas con Permanencia Definitiva) y no hayan cumplido penas aflictivas, además de tener su cédula al día y aparecer en el padrón electoral.

No, no fueron electos/as representantes migrantes en la Convención Constitucional. Sin embargo, 33 representantes de la Convención tienen propuestas en temáticas migratorias. 

No, la propuesta de una nueva constitución no incluye procesos de regularización de personas que hicieron ingreso por paso no habilitado, ya que esto es responsabilidad de leyes como la nueva Ley de Migraciones o lo que establezcan las próximas Políticas Nacionales de Migración y Extranjería.

Si, se puede ver y escuchar en vivo las sesiones de la Convención Constitucional, al igual que revisar las sesiones pasadas en https://convencion.tv/ 

 

El voto tendrá el siguiente texto: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una para cada una de las opciones de voto: “Apruebo” y “Rechazo”

Si, podrán votar en el plebiscito de confirmación, ya que la votación en este caso será obligatoria para las personas que se encuentren habilitadas para votar. 

 

Puedes revisar si estás habilitado/a en el siguiente enlace: Clic aquí

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